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I ENCUENTRO DE PROTAGONISTAS DEL QUEHACER EDUCATIVO EPEA agradece especialmente la asistencia de autoridades, invitados especiales, directivos y representantes de sus colegios asociados y escuelas invitadas al I Encuentro sobre Interculturalidad y enseñanza bilingüe, el cual contó con la presencia del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, del Intendente de Vicente López, Sr. Enrique García, del Director General de Escuelas Prof. Mario Oporto, del Director Provincial Néstor Ribet y de la Dra. Silvina Gvirtz en el Acto de Apertura. [ver más] |
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Evaluación de Finalización de Estudios Secundarios Nota informativa de la Dirección General de Educación de Gestión Privada. [ver más] |
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Nuevo fallo sobre Derecho de Admisión Un nuevo fallo de la Justicia Civil de la Capital Federal reconoce el derecho de los establecimientos privados de enseñanza a no renovar la matrícula de una alumna para partir del siguiente ciclo lectivo, fundamentando la decisión en severas problemáticas de conducta de la estudiante. [ver más] |
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Encuesta para la Evaluación Docente Material de interés para Directivos [ver más] |
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Acuerdo EPEA - Universidad de Palermo Se firmó el Acta de Compromiso entre la Fundación Universidad de Palermo y EPEA referida al Profesorado Universitario para el nivel medio y Profesorado Bilingüe. [ver más] |
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Violencia en la Escuela Informe sobre Baños [ver más] |
Un nuevo fallo de la Justicia Civil de la Capital Federal reconoce el derecho de los establecimientos privados de enseñanza a no renovar la matrícula de una alumna para partir del siguiente ciclo lectivo, fundamentando la decisión en severas problemáticas de conducta de la estudiante.
Algunos conceptos relevantes de la decisión judicial son:
"La inscripción de un alumno en un colegio no estatal está lejos de significar un contrato que vincule a las partes durante todo el ciclo de estudios. Si hay una inscripción anual que debe renovarse en cada período, es indudable que el derecho de admisión o de rechazo en cada oportunidad no puede ser cohibido, a menos que la negativa apareciera como arbitraria, mediante indicios, presunciones o causales objetivamente susceptibles de prueba (cfr. Bidart Campos, Germán J., nota en El Derecho, T. 109, pág. 499).”
"La selección del alumnado y de sus docentes está íntimamente vinculada a la orientación que el colegio quiere imprimir a su actividad. Tal derecho es la contra cara del derecho del alumno y sus padres a elegir el establecimiento educacional que se adecue a sus pretensiones y en ambos extremos se goza de igual garantía constitucional, la libertar de elegir. Obviamente ninguna de dichas libertades es absoluta, y no cabe su ejercicio abusivo."
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